Conflicto de Interés en Empresas: Qué es, qué riesgos implica y cómo prevenirlo
7 min. de lectura

El 12% de las empresas que implementaron Plutto para la detección de Conflicto de Interés descubrieron al menos un fraude corporativo.
Esto pasa cuando no hay un proceso definido para detectar este tipo de relaciones, y las consecuencias van desde sanciones legales hasta daño reputacional.
En este blog te explicamos qué es el conflicto de interés, qué riesgos concretos implica y cómo las empresas están implementando procesos de gestión automatizados para prevenir.
¿Qué es un conflicto de interés?
Conflicto de interés es cuando una persona que debe velar por el interés de la empresa, privilegia su propio interés o el de alguien cercano.
Dentro del proceso de debida diligencia, la evaluación de conflicto de interés consiste en revisar si las personas involucradas en un negocio tienen intereses personales, familiares o económicos que puedan influir en su objetividad.
Su objetivo principal es identificar cualquier vínculo que pueda afectar la imparcialidad al momento de tomar decisiones importantes dentro de una organización.
"Existe un conflicto de interés cuando una persona está negociando simultáneamente a ambos lados de la mesa" Jorge Ugarte, Socio de Carey. Webinar Conflicto de Interés
¿Cuándo existe conflicto de interés?
La Ley hace la distinción entre Operaciones entre Partes Relacionadas (OPR) para Sociedades Anónimas Abiertas y para Sociedades Anónimas Cerradas, a continuación te presentamos cuándo existe conflicto de interés en cada caso.
Sociedades Anónimas Abiertas
Según el Art. 146, son operaciones con partes relacionadas de una sociedad anónima abierta toda negociación, acto, contrato u operación en que deba intervenir la sociedad y además alguna de las siguientes personas:
1. Sujetos Principales
Una o más personas relacionadas a la sociedad, conforme al artículo 100 de la ley N° 18.045. El conflicto se activa cuando en la decisión o en la contraparte participa:
Un director, gerente, administrador o ejecutivo principal de la sociedad
Cualquier entidad controlada, directamente o a través de terceros, por alguno de los anteriores
2. Vínculos Familiares (Parentesco)
La ley extiende la relación de interés a los familiares directos del sujeto principal:
Cónyuge o conviviente civil
Parientes hasta el 2° grado de consanguinidad: Hijos, padres, hermanos y abuelos
Parientes hasta el 2° grado de afinidad: Suegros, cuñados y yernos/nueras
3. Participación en el Capital (Umbral del 10%)
Existe conflicto cuando la contraparte es una sociedad donde el director o ejecutivo (por sí solo o con sus parientes):
Posea el 10% o más del capital con derecho a voto
Tenga la facultad de designar al menos a un miembro del directorio o de la administración.
4. Factor Temporal (Ex-ejecutivos)
El vínculo legal no desaparece inmediatamente al renunciar. Se consideran partes relacionadas aquellas personas que hayan ejercido los cargos mencionados (director, gerente, ejecutivo principal) en los últimos 18 meses.
5. Establecido por estatutos o directorios
Aquellas personas que establezcan los estatutos de la sociedad o fundadamente identifique el comité de directores, en su caso, aún cuando se trate de aquellas indicadas en el inciso final del artículo 147.
Sociedades Anónimas Cerradas
Para este caso, según el Art. 44 se entiende que existe interés de un director en toda negociación, acto, contrato u operación en la que deba intervenir en cualquiera de las siguientes situaciones:
Él mismo, su cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Las sociedades o empresas en las cuales sea director o dueño, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su capital.
Las sociedades o empresas en las cuales alguna de las personas antes mencionadas sea director o dueño, directo o indirecto, del 10% o más de su capital.
El controlador de la sociedad o sus personas relacionadas, si el director no hubiera resultado electo sin los votos de aquél o aquellos.
Regulación de Operación entre Partes Relacionadas (OPR)
Identificar que existe una operación entre partes relacionadas no la prohíbe, pero sí impone condiciones. Toda OPR debe cumplir tres requisitos básicos:
Perseguir el interés social: La operación debe beneficiar a la empresa, no a la persona relacionada.
Celebrarse en condiciones de mercado: El precio, plazo y condiciones deben ser equivalentes a los que se obtendrían con un tercero independiente.
Seguir un procedimiento especial: El proceso es distinto según el tipo de sociedad. Las Sociedades Anónimas Abiertas tienen requisitos más exigentes que las Sociedades Anónimas Cerradas, incluyendo aprobación del directorio y en algunos casos de la junta de accionistas.
Riesgos de no gestionarlo
Responsabilidad Civil
Si una empresa demuestra que fue perjudicada por un conflicto de interés no declarado tiene derecho a ir a la justicia. Puede pedir que se devuelvan los beneficios obtenidos indebidamente y que se pague una indemnización por el daño causado.
Responsabilidad Penal
Con la nueva Ley de Delitos Económicos en Chile, un conflicto de interés mal gestionado puede terminar en consecuencias penales no solo para la empresa, sino también para las personas involucradas. Es uno de los cambios más relevantes de los últimos años para quienes ocupan cargos de decisión.
Riesgo Financiero
Un conflicto de interés no gestionado puede derivar en fraude y pérdidas económicas directas para la empresa, como estafas, pago por servicios no prestados, facturas irregulares o desvío de recursos. Sin un proceso claro de detección, este tipo de situaciones son difíciles de identificar a tiempo.
Daño Reputacional
Este suele ser el golpe más duro y difícil de revertir. Pérdida de confianza de inversionistas, clientes, cobertura negativa en medios, dificultad para atraer talento. Y para las sociedades anónimas abiertas, además impacta directo en el valor de las acciones.
Buenas Prácticas
Gestionar el conflicto de interés ya no es exclusivo de las grandes organizaciones. Cada vez son más las empresas, incluyendo sociedades cerradas, que implementan políticas para prevenir fraude corporativo y mantener un comportamiento ético con sus proveedores, clientes y colaboradores. No solo como un trámite regulatorio, sino como una decisión estratégica.
Te compartimos 5 elementos clave para construir una política efectiva:
1. Publicación y comunicación clara
Todos los ejecutivos y personas en roles de decisión deben conocer y entender la política, qué se considera un conflicto, cómo declararlo y qué pasa si no se hace. Es importante tener en cuenta que una política demasiado amplia también es un problema, si todo es un potencial conflicto, nadie sabe cómo actuar.
2. Oficial de Cumplimiento
Se debe designar un responsable con nombre y cargo. Esta persona recibe las declaraciones, evalúa si hay un conflicto real y decide cómo gestionarlo. Sin alguien con autoridad real para actuar, el proceso no funciona.
3. Identificación temprana
Declaraciones de interés al incorporarse, registro de personas relacionadas y revisiones periódicas, mínimo una vez al año. La información que no se actualiza deja de ser útil: un ejecutivo puede adquirir participación en un proveedor después de su declaración inicial y nadie se entera.
4. Automatización
Cruzar manualmente la nómina con el registro de proveedores y sus estructuras societarias no escala. La tecnología permite hacer ese cruce de forma continua, detectando vínculos en tiempo real, no solo al momento de la contratación sino durante toda la relación.
5. Sanciones claras
Las consecuencias deben estar definidas, documentadas y revisadas legalmente. Una política sin sanciones es solo un documento. Cuando las reglas se cumplen de forma consistente, independiente del cargo, el comportamiento cambia.
En resumen
El conflicto de interés es uno de los riesgos más subestimados en las organizaciones, precisamente porque no siempre parece un problema hasta que ya es tarde. Tener una política clara, un responsable designado y procesos de revisión periódica es lo mínimo para estar protegido.
¿Quieres profundizar en el tema? Revive nuestro webinar
Realizamos un webinar sobre Conflicto de Interés, donde exploramos cómo pasar de un modelo reactivo a uno preventivo: detectar relaciones de riesgo a tiempo, evitar impactos legales y reputacionales, y fortalecer la transparencia con proveedores, clientes y colaboradores.
Contamos con Jorge Ugarte, Socio del Área Corporativa/M&A de Carey y profesor de la UC, quien aportó la perspectiva legal, y con Mónica Varela, Gerente de Control Interno y Gobierno Corporativo de Sonda, quien compartió su experiencia automatizando este proceso con Plutto.
🔗 Te invitamos a ver nuestro webinar en el siguiente enlace.
